San Juan, P.R. - El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston resolvió que la Junta de Control Fiscal (JCF) no puede usar el Plan de Ajuste de la deuda de Puerto Rico para bloquear demandas contra funcionarios públicos demandados en su carácter personal, luego que el Capítulo de Puerto Rico de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) solicitara a la jueza Laura Taylor Swain levantar la paralización de un caso por violaciones de derechos civiles.
"Celebramos la determinación del panel de jueces en Boston como una victoria para los derechos civiles en Puerto Rico, conscientes de que la propia existencia y permanencia de la Junta constituye de por sí una violación a los derechos de todos los puertorriqueños. La Junta pretende que Puerto Rico sea una zona libre de derechos civiles. La Corte Apelativa rechazó esa visión y desde la ACLU de Puerto Rico continuaremos vigilantes para que la Ley PROMESA no desplace ni erosione garantías constitucionales", afirmó la licenciada Annette Martínez Orabona, directora ejecutiva de la ACLU de Puerto Rico.
La ACLU de Puerto Rico argumentó este caso ante la Corte de Apelaciones en Boston el pasado 8 de abril, luego que la Junta apelara la determinación de Swain, quien rechazó el intento del gobierno de Puerto Rico y la propia Junta de extender indebidamente el alcance de PROMESA para impedir la continuación de reclamaciones de daños y perjuicios contra funcionarios individuales.
"El Plan confirmado del Estado Libre Asociado establece explícitamente que no incluye exoneraciones de terceros, y el argumento de redundancia de la Junta, cualesquiera que sean sus méritos en abstracto, no puede prevalecer sobre ese texto claro", subrayó el panel compuesto por la jueza Lara E. Montecalvo y los jueces Jeffrey R. Howard y William J. Kayatta, Jr., en su opinión emitida el 12 de junio.
En este caso, la organización representa a Jonathan Hernández Zorrilla y Yadira Carrasquillo González, quienes alegaron violaciones a sus derechos de libertad de expresión, protección contra allanamientos irrazonables, uso excesivo de fuerza, debido proceso de ley e igual protección de las leyes, como resultado de hechos ocurridos durante una manifestación contra PROMESA el 1 de mayo de 2018 en San Juan. Entre los demandados en su carácter personal figuran el exgobernador Ricardo Rosselló y el exsecretario del Departamento de Seguridad Pública, Héctor Pesquera.
"A raíz de la determinación del Apelativo, lo que debe ocurrir ahora es la continuación de un sinnúmero de casos, como el de Yadira y Jonathan, que han estado paralizados bajo el pretexto de PROMESA", subrayó Martínez Orabona.
Extensa batalla legal por los derechos frente a la quiebra
El litigio de Jonathan y Yadira fue paralizado en septiembre de 2023 por el Plan de Ajuste bajo el Título III. Ese mismo mes, la ACLU de Puerto Rico solicitó a la Junta que levantara la paralización y argumentó que dicha suspensión no aplicaba en las demandas de derechos civiles contra funcionarios en su capacidad personal. Ante el silencio de la Junta, el 15 de febrero de 2024, la organización presentó una solicitud de levantamiento de la paralización en el caso de Título III.
“Lo que ha estado en juego en este caso es un principio fundamental de rendición de cuentas y el hecho de que ningún funcionario público pueda esconderse detrás de PROMESA para evadir responsabilidad personal por violaciones de derechos civiles. La crisis fiscal del gobierno de Puerto Rico no puede convertirse en una licencia para la impunidad y la Junta no debe insistir en su intento de eliminar la posibilidad de que las personas reclamen ante la violación de sus derechos”, expresó el licenciado Steven Lausell Recurt, de la Clínica de Asistencia Legal de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, quien tuvo a cargo la argumentación oral ante el Primer Circuito en colaboración con la ACLU de Puerto Rico.
En su orden, emitida el 30 de septiembre de 2025, la jueza Swain dejó claro que las reclamaciones por daños contra funcionarios en su carácter personal no están cobijadas por el Plan de Ajuste del ELA y rechazó el argumento de que la posible indemnización bajo la Ley Núm. 9 –que no obliga al gobierno a asumir indemnizaciones en demandas personales a funcionarios- transforma esas demandas en reclamaciones contra el gobierno.
“La decisión del Apelativo es cónsona con nuestra postura en cuanto a que PROMESA no puede servir de escudo para funcionarios y exfuncionarios que enfrenten reclamaciones personales por abusos de poder y violaciones de derecho. Defender esa línea ante el Primer Circuito es defender la vigencia de los derechos civiles y el acceso a la justicia, y el panel de jueces lo validó con su determinación”, sostuvo Fermín Arraiza Navas, director legal de la ACLU de Puerto Rico.
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