San Juan, P.R. - La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico presentó una apelación ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito en Boston, impugnando la determinación de la Corte Federal para el Distrito de Puerto Rico de transferir a Florida un caso de habeas corpus presentado mientras el peticionario, un inmigrante haitiano, se encontraba detenido en Puerto Rico y bajo custodia de las autoridades migratorias en la Isla.

“Permitir que el gobierno traslade a la persona fuera de la jurisdicción luego de radicado el recurso, y que esa acción fuerce la transferencia del caso, abre la puerta a que se evada la revisión judicial y se debilite la función de los tribunales de hacer cumplir límites constitucionales y estatutarios”, sostuvo la licenciada Annette Martínez Orabona, directora ejecutiva de la ACLU de Puerto Rico.

La apelación, que fue radicada el 3 de febrero, surge del caso de Albeto Pierre, un inmigrante haitiano detenido en Puerto Rico el 24 de diciembre de 2025 -día de Nochebuena- en el área de Barrio Obrero en San Juan, mientras acompañaba a su pareja, una residente permanente (titular de “green card”), a una cita médica de cuidado prenatal previamente programada. La pareja tiene un hijo de un año, ciudadano estadounidense, y esperan su segundo hijo.

De acuerdo con el planteamiento, el habeas corpus fue radicado mientras Pierre estaba detenido en Puerto Rico y bajo custodia de las autoridades migratorias en el archipiélago, por lo que la jurisdicción y sede eran -y continúan siendo- las del Distrito de Puerto Rico. Sin embargo, tras la radicación del caso, el gobierno federal trasladó a Pierre a Florida y la jueza federal Camille Vélez Rive ordenó transferir el caso al Distrito Medio de Florida, decisión que ahora se impugna.

Del total de cinco peticiones de habeas corpus que tiene activa la ACLU de Puerto Rico en casos de personas inmigrantes -todos con jueces distintos-, Vélez Rive ha sido la única en resolver abdicando al deber de atender un caso que fue radicado a tiempo en su jurisdicción.

La ACLU de Puerto Rico sostiene que el remedio correcto, en estas circunstancias, era que el Tribunal de Distrito ordenara el retorno del peticionario a Puerto Rico y garantizara el trámite correspondiente, incluyendo una vista de fianza ante un juez de inmigración, medida que se ha logrado en otros casos.

En su escrito, la organización argumentó que la ley federal de habeas corpus reconoce como regla general que la jurisdicción se determina al momento de la radicación, y que los tribunales típicamente retienen jurisdicción aun si el gobierno transfiere posteriormente a la persona detenida. Asimismo, la ACLU de Puerto Rico señaló que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, en inglés) no puede beneficiarse de un traslado realizado después de presentado el recurso para desplazar el caso a otra jurisdicción y dificultar el acceso a la justicia.

La organización subrayó, además, el impacto humano y procesal de la decisión de transferir el caso. “Esta determinación coloca una carga indebida sobre la parte más vulnerable, que es la persona detenida, porque obliga a litigar su libertad en una jurisdicción distante de su familia, su comunidad, su representación legal y potenciales testigos, todos radicados en Puerto Rico”, indicó el licenciado Fermín Arraiza Navas, director legal de la ACLU de Puerto Rico.

La ACLU de Puerto Rico planteó que este tipo de controversia -donde el gobierno traslada rápidamente a la persona detenida fuera de la jurisdicción luego de radicado el habeas corpus- es un patrón que amenaza con repetirse y, de no corregirse, impediría una evaluación judicial efectiva.

Junto a la ACLU, forman parte del recurso apelativo la Clínica de Asistencia Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico y la Clínica de Inmigración de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.

“Cuando el gobierno puede cambiar el foro moviendo a la persona detenida, luego de presentado un recurso de habeas, se crea un incentivo peligroso para burlar la jurisdicción de los tribunales”, advirtió la licenciada María García, directora de la Clínica de Inmigración de la Universidad de Puerto Rico. “El Primer Circuito tiene la oportunidad de establecer una norma clara y consistente con otras jurisdicciones federales, en cuanto a que la jurisdicción no se evapora con un traslado”, añadió, por su parte, el licenciado Rafael Rodríguez, director de la Clínica de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.

La apelación también expone que Pierre no representa riesgo de fuga ni peligro para la comunidad, que había cooperado con las autoridades, que contaba con una solicitud de Estatus de Protección Temporal (TPS, en inglés) pendiente, que no tenía historial criminal, y que su detención y traslado se insertan en un patrón de prácticas punitivas y serias de violaciones a derechos constitucionales, incluyendo debido proceso e integridad familiar.