San Juan, P.R. - La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico presentó su oposición al Proyecto de la Cámara 25, que persigue enmendar la definición de la zona marítimo terrestre, luego de concluir que la propuesta legislativa favorece de manera desmedida al interés privado frente al público, a pesar de que la protección de los recursos naturales en el archipiélago es de rango constitucional.
"Extender el alcance del dominio particular a tierra adentro de la zona marítimo terrestre, restándole así espacio al dominio público, no es compatible con nuestro principio constitucional de la más eficaz conservación, desarrollo y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, sino que directamente lo coarta", subrayó la licenciada Lolimar Rodríguez Escudero, abogada de Política Pública de la organización.
"Puerto Rico necesita fortalecer sus bienes costeros con base científica y visión de largo plazo, no reducir su protección para beneficiar intereses privados", sostuvo la abogada en el memorial explicativo de la ACLU de Puerto Rico, sometido el 17 de marzo ante la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado, cuerpo que evalúa la medida.
El Proyecto de la Cámara 25 fue radicado el 2 de enero de 2025, justo al inicio del actual cuatrienio. La ACLU de Puerto Rico ya había presentado su análisis y oposición a esta medida ante la Cámara, cuerpo que aprobó el proyecto el 27 de enero de este año. A pesar de que la medida fue aprobada con enmiendas, tras evaluar los cambios, la ACLU de Puerto Rico concluyó que el Proyecto enmendado no atiende las razones de peso por las cuales no recomienda su aprobación.
En su análisis, la organización recordó que, en Puerto Rico, la protección de los recursos naturales es de rango constitucional y que la Constitución dispone que “será política pública del Estado Libre Asociado la más eficaz conservación de sus recursos naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad”.
La ACLU de Puerto Rico enfatizó que esta disposición impone al Estado la obligación de proteger bienes como la zona marítimo terrestre, que, por su valor ecológico, económico y social, constituyen patrimonio colectivo del pueblo puertorriqueño. "De conformidad con estos deberes constitucionales, la ACLU de Puerto Rico no apoya el Proyecto de la Cámara 25, por entender que coloca este deber constitucional en un plano secundario frente a la protección de derechos propietarios sin un adecuado balance", Rodríguez Escudero.
Medida no considera la evidencia científica
El documento presentado ante la comisión senatorial recordó que el archipiélago enfrenta una crisis ambiental sin precedentes, con erosión costera acelerada, aumento del nivel del mar, eventos extremos de oleaje y pérdida de hábitats críticos como manglares y dunas, los cuales sirven como barreras naturales durante eventos atmosféricos extremos como el huracán María en el 2017.
Ante esa realidad, la organización enfatizó que el PC 25 no responde con una propuesta legislativa basada en evidencia científica que redefina la zona marítimo terrestre con el objetivo de armonizarla con los principios constitucionales de conservación y adaptarla a las realidades ambientales actuales, como la erosión costera y el cambio climático.
"El proyecto propone atender derechos propietarios enmendando la definición de un recurso natural protegido de rango constitucional", recoge el análisis.
La ACLU de Puerto Rico sostuvo que no está en controversia la realidad de que la definición actual de la zona marítimo terrestre proviene de una legislación decimonónica atada a la Ley de Puertos española de 1880.
"Es claro que la definición de la zona marítimo terrestre se debe enmendar a las realidades físicas de Puerto Rico, pero una enmienda de la definición requiere la participación de expertos y científicos para hacer una definición aplicable a nuestra tierra y responsiva a la realidad climática global a la que nos enfrentamos", anotó la organización en su análisis.
Un proyecto de ley que reduce protecciones ambientales
Al redefinir la zona marítimo terrestre, el Proyecto de la Cámara 25 pretende reducir los 50 metros de salvamento y zona de vigilancia a 20 metros, al tiempo que deja fuera criterios como las marejadas ciclónicas. Con ello se debilita la protección de la zona marítimo terrestre, pues se debilita la protección de los bienes de dominio público de la costa y se podría reducir significativamente las áreas consideradas como de dominio público.
"Por ejemplo, reduce la protección ambiental en áreas sensibles como los manglares de La Parguera, ecosistemas esenciales para la biodiversidad y la estabilidad ambiental de Puerto Rico", advirtió la ACLU de Puerto Rico.
Por otro lado, esta nueva definición se presta para facilitar los reclamos privados sobre terrenos que antes quedaban claramente en la zona marítimo terrestre. Más aún, alertó la organización, la definición propuesta tendrá el efecto de exacerbar los conflictos existentes entre el uso público y el uso privado, ya que no cuenta con mecanismos para proteger el “disfrute tradicional”.
La ACLU reconoció que existen algunas concesiones permitidas por ley para el uso privado por personas naturales y jurídicas de bienes de dominio público, pero advirtió que esto se evalúan caso por caso, "no se atienden enmendando la definición de un recurso natural protegido por la Constitución".
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