ACLU Aplaude Decisiones del Supremo en Casos de Llamados "Enemigos Combatientes" y las Cataloga una Victoria para la Democracia

6/29/2004: COMUNICADO DE PRENSA
Contacto: Lcdo. William Ramírez Hernández (787) 753-8493 ACLU - PUERTO RICO

El 28 de junio de 2004, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos de América emitió opiniones en varios casos relacionados que hacen patentemente claro que el poder del Presidente George W. Bush, con relación a la llamada “querra contra el terrorismo”, no es ilimitado, según el Lcdo. William Ramirez, Director Ejecutivo de “American Civil Liberties Union (ACLU)”, Capítulo de Puerto Rico. Estas opiniones pasarán a ser, en la historia
juridica de los Estados Unidos, entre las mas importantes de los últimos dos siglos por la importancia que revisten en la reafirmación del estado democrático y justo.

El Tribunal Supremo resolvió que los llamados “combatientes enemigos” detenidos por los Estados Unidos tienen derecho a cuestionar su detención en los tribunales, irrespectivamente de su ciudadania. Según la Juez Republicana Sandra Day O’Connor, en una opinión con majoria de 8 a 1, “la declaración de un Estado de Guerra contra el terrorismo no es equivalente a entregarle un cheque en blanco al Presidente de los Estados Unidos cuando se trata de los derechos constitucionales de los ciudadanos” [Nuestra Traducción]. Por su lado, el Juez Souter opinó que la detención del demandante Yaser Esam Hamdi constituye una violación al Tratado de Ginébra.

En el caso de José Padilla, el Tribunal Supremo envió el caso al Tribunal de Distrito que estima ser el foro apropiado con jurisdicción para resolver el caso, por entender que la petición fue radicada indebidamente en el Tribunal de Distrito de Nueva York, siendo el estado de Carolina del Sur el foro apropiado. Resuelve el Tribunal Supremo que cuando se trata de una petición de Habeas Corpus la misma va dirigida contra el custodio del cuerpo donde se encuentra la persona detenida, por lo que el demandado apropiado es el Alcaide de la carcel; y el foro apropiado es el tribunal de la jurisdicción donde se encuentra la carcel que custodia al peticionario - Carolina del Sur. No obstante, según la “ACLU” al ventilarse nuevamente el caso de José Padilla en el Tribunal de Distrito de Carolina del Sur, el mismo queda fortalecido por las opiniones históricas del 28 de junio de 2004 del Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

La “ACLU”, organización legal sin fines de lucro, la cual compareció en capacidad de Amicus Curae en los casos de Hamdi v. Rumsfeld, Rumsfeld v. Padilla, y Rasul v. Bush, se muestra complacida que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos puso de manifiesto el rol primordial de la judicatura al determinar el balance apropiado aplicable cuando se trata de la seguridad nacional de los Estados Unidos de América - contrapuesto a los derechos garantizados por la Constitución, es decír las libertades civiles, según el Lcdo. Anthony Romero, Director Executivo de la oficina matriz de la American Civil Liberties Union Foundation (ACLU)”.

El Lcdo. Steven R. Shapiro, Director de Litigio de la “ACLU” en los Estados Unidos opina que “estas opiniones historicas del Tribunal Supremo de los Estados Unidos muestran un fuerte repudio a los argumentos del gobierno a los efectos de que sus acciones en la querra contra el terrorismo quedan fuera del alcance de las reglas de derecho por lo que no son revisable por los tribunales”.

El Lcdo. William Ramirez opinó que estas historicas opiniones constituyen un rudo golpe a la administración del Presidente George W. Bush, y ponen de manifiesto que nadie esta por encima de la ley; con estas decisiones el Tribunal Supremo de los Estados Unidos intenta restaurar fe en la democracia.

Las opiniones del 28 de junio de 2004 y los Amicus se encuentran disponible en la página cibernética de la “ACLU” al www.aclu.org/supremecourt

“Porque la democracia no se defiende a si misma, un buen ciudadano no calla.”